DECRETO PRESIDENCIAL PARA FERIADO DE NAVIDAD Y FIN DE AÑO 2018

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    Según el Decreto presidencial para el feriado de navidad y fin de año, Moreno acaba de declarar días de descanso obligatorio 24 y 31 de diciembre. Los cuales tampoco deberán ser recuperables.

    Como es conocido, la Constitución de la República del Ecuador asegura la recreación en su artículo 66. Así mismo, en el artículo 383, se promueve y garantiza el derecho de las personas al tiempo libre y actividades de esparcimiento.

    Al final de esta publicación podrán descargar el decreto completo.




    Artículo 2 del Decreto Presidencial para el Feriado de Navidad y Fin de Año:

    Durante los días de descanso se garantizará el suministro de servicios básicos, como la salud, bomberos, gestión de riesgos, aeropuertos, terminales aéreos, terrestres, marítimos, fluviales y servicios bancarios. Para ellos, las autoridades de las instituciones nombradas anteriormente, deberán gestionar el número de empleados apropiados para satisfacer las necesidades de los y las ciudadanas.




    Importante:

    Este decreto entra en vigencia a partir de suscripción, es decir, desde el 30 de noviembre del 2018.

    Entre las recomendaciones que siempre se manifiestan en muchos medios de comunicación encontramos las siguientes:

    • No consumir demasiado alcohol, en el caso de ser el conductor no deberá ingerir ninguna bebida alcohólica o sustancia psicotrópica.
    • Tampoco debe abusar exageradamente con la comida, puesto que le puede ocasionar algún problema digestivo.
    • Además, deberá ser mesurado en los gastos, para no caer en deudas impagables.
    • Finalmente, recuerde que estas fechas son para disfrutar en familia y amigos.



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    FUENTE y CRÉDITOS:

    Moreno, L. (2018). DECRETO N. 579. QUITO; ECUADOR.

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