Vacaciones Anuales en Ecuador – Tiempo y Sueldo Permitido

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    Conoce como se obtienen las vacaciones anuales en Ecuador y el sueldo que se debe percibir. El Ecuador es un país que brinda libertades a todas las personas que laboran en él. Por lo cual, posee un reglamento que protege al trabajador y le brinda el descanso adecuado por la ley, estas son las vacaciones anuales. Dichas vacaciones anuales son remuneradas, las cuales consisten en un periodo de descanso para reponer energías. Por lo tanto, se convierte en un derecho que lo puede tomar cualquier trabajador que ya lleva laborando en la misma empresa por más de un año.

    ¿Cuántos días tienes permitido por las vacaciones anuales?

    Según la ley Ecuatoriana en el Código del Trabajo, para ser más específico en el artículo 69, nos dice que un trabajador tiene un periodo ininterrumpido de 15 días de descanso incluidos días no laborables. Sin embargo, se pueden tomar más días de descanso pero esto sería un acuerdo con el empleador.



    ¿Cómo se calcula el pago de las vacaciones?

    Primero veamos que nos dice el código del trabajo en su artículo 71:

    “La liquidación para el pago de vacaciones se hará en forma general y única, computando la veinticuatroava parte de lo percibido por el trabajador durante un año completo de trabajo, tomando en cuenta lo pagado al trabajador por horas ordinarias, suplementarias y extraordinarias de labor y toda otra retribución accesoria que haya tenido el carácter de normal en la empresa en el mismo período, como lo dispone el artículo 95 de este Código. Si el trabajador fuere separado o saliere del trabajo sin haber gozado de vacaciones, percibirá por tal concepto la parte proporcional al tiempo de servicios”



    Para más detalle deben leer el artículo 95 del código. En definitiva así se calcula el valor correspondiente a vacaciones:

    Tienes que sumar todo lo que has ganado durante el año, incluidos horas extras, comisiones y demás valores. Seguidamente, este valor final lo divides para 24. Por ejemplo:

    Tu sueldo es de $450 dólares, esto los multiplicas por 12 que equivalen al año trabajado, dando como resultado $5400 dólares. A este último valor le sumas las horas extras, comisiones, etc., que para este ejemplo seria alrededor de $600 dólares dando como resultado $6000 dólares. Por último, lo divido para 24 que daría $250 dólares; este valor es el que debes recibir antes de tomar tus vacaciones correspondientes.

    Otros datos importantes:

    Solo puedes acumular tus vacaciones hasta un periodo de 3 años y gozar de todas ellas en el cuarto año. Las vacaciones deben ser avisadas con un periodo de anticipación de 3 meses. Si te despiden después del año y no tomaste vacaciones te las pagaran con el 100% de recargo ósea por dos el valor que sacamos con anterioridad.

    Recuerda que también hay liquidación de vacaciones en caso de renuncia o despido. Para esto recuerda la formula siguiente:

    Monto ganado/(Días laborados por Días de vacaciones)



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    FUENTE y CRÉDITOS:

    Código de Trabajo (2012). Art. 71: Liquidación para pago de Vacaciones. Recuperado de http://www.trabajo.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2012/11/C%C3%B3digo-de-Tabajo-PDF.pdf

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