Lista de Códigos Sectoriales

Descarga la lista completa de códigos sectoriales del Ministerio de Trabajo actualizada. De acuerdo al Acuerdo Ministerial  Nro. MDT-2020- 282 establece un incremento salarial de los trabajadores privados. Mismos que son amparados por el Código del Trabajo acode a las Comisiones Sectoriales y sus respectivas estructuras ocupacionales. Según de lo establecido en el artículo 49 del Código de Trabajo se llevará a cabo el pago de sueldos, salarios mínimos sectoriales, y tarifas en jornadas nocturnas.

Se establece que la denominación del cargo y actividad debe ser específico y no general. Esta información deberá de ser detallada en su totalidad en el contrato de trabajo y sus actividades se sujetarán a lo definido.

Lista de Comisión, Rama, Cargo y Sueldos

Acorde al listado de salarios mínimos sectoriales para 2021 emitido por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social “IESS”. Se detalla una vasta cantidad de Comisiones, Ramas y Cargos, todos con sus respectivos códigos. De igual forma se detalla su salario mínimo a percibir. El cual bajo ningún concepto podrá ser inferior al establecido por el Acuerdo Ministerial.

En caso de no encontrarse en el listado alguna ocupación o puesto de trabajo. En ningún caso podrá recibir un pago inferior a las de menor valor en la rama de actividades referidas. Y será responsabilidad de los empleadores o trabajadores notificar al Ministerio de Trabajo el o los cargos no contemplados. Para que así pueda la Dirección de Análisis Salarial investigar el campo y poner a conocimiento de las Comisiones Sectoriales.

La Estructura Ocupacional de las Comisiones Sectoriales y las Comisiones

Nivel AJefatura
Nivel BSupervisión
   B1Supervisión General
   B2Supervisión Técnica
   B3Supervisión Operativa
Nivel COperación
   C1Operación Especializada
   C2Operación Técnica
   C3Operación Básica
Nivel DAsistencia
   D1Asistencia Administrativa
   D2Asistencia Técnica
Nivel ESoporte
   E1Soporte Administrativo
   E2Soporte Operativo

Esta disposición entró indigencia desde el primer de enero de 2021 y deroga disposiciones reglamentarias que se opongan al acuerdo.

Fuente

Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2020-282. Ministerio de Trabajo, Quito, Ecuador, 22 de diciembre del 2020.

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